miércoles, 5 de octubre de 2011

PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad intelectual y derechos de autor

Frecuentemente oímos conceptos como propiedad intelectual, copyright o derechos de autor.

La Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual se refiere a ésta como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección". La propiedad intelectual recae sobre bienes culturales. Por ello, a diferencia de otro tipo de propiedades (como por ejemplo, la de una casa), una vez transcurrido un período de tiempo, se extinguen los derechos económicos sobre tal propiedad. Es como si caducara, pudiendo ser desde entonces libremente utilizada por cualquiera, aunque sea con fines comerciales y sin pedir permiso o pagar a los autores o editores.
A nosotros nos interesa en particular una de las vertientes de la propiedad intelectual denominada derechos de autor. Los derechos de autor son un conjunto de normas y principios que regulan los derechos de los autores, por el simple hecho de crear una obra, esté publicada o inédita. Esto significa que desde el momento en que un autor crea su obra (construye un texto, dispara una fotografía, etc.) posee una serie de derechos sobre la misma.
Estos derechos incluyen los denominados derechos morales y los derechos patrimoniales. Los primeros son a los que más referencia hace la legislación española e incluyen aspectos como el reconocimiento de la condición de autor de la obra o el reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones.
También, tal y como aparece en la página del Ministerio de Cultura, el derecho de exigir el respeto a la integridad de la obra y a la no alteración de las mismas.